Es un documento tributario en que se refunde la liquidación
de ventas, emanadas de un contrato de consignación, y la facturación de la
comisión pactada entre el consignante y el consignatario, conforme a lo
instruído en la Circular Nº 126, de 1977.
Una Liquidación Factura es un documento tributario que
refunde la liquidación de ventas, emanadas de un contrato de consignación, así
como la facturación de la comisión pactada entre el consignante y el
consignatario, según lo detallado en la Circular Nº 126, de 1977.
La liquidación factura emitida en las ventas en consignación
debe ser registrada en las siguientes circunstancias:
• A nivel del comisionista: El consignatario debe
registrarla en una columna separada en su Libro de Ventas, con la finalidad de
distinguirla de sus propias ventas. De esta manera, se deberá declarar
solamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que afecta a la comisión por
venta, a cuenta de tercero, haciendo uso de la línea 13 del nuevo Formulario 29
de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos.
• A nivel del mandante: El consignante debe registrarla en
su Libro de Ventas, puesto que da cuenta de ventas propias, efectuadas mediante
la modalidad de la consignación. En consecuencia, deberá declarar el IVA que
afecta a las ventas que hace directamente y las que efectúa por medio de
tercero, haciendo uso de la línea 6 del nuevo Formulario 29.
Si requiere mayor información vinculada con este tema, puede
encontrarla en www.sii.cl, menú Legislación, normativa y jurisprudencia, opción
Circular N° 22, de 2005. Junto con lo anterior, puede consultar esta materia en
el Reglamento de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios,
específicamente en sus artículos 70 y 73.
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